Osservatorio delle libertà ed istituzioni religiose

Olir

Osservatorio delle Libertà ed Istituzioni Religiose

Sentenza 26 marzo 2004

RELIGIOSOS Y SACERDOTES SECULARIZADOS. PENSION DE JUBILACION. Período
de cotización. Cómputo como cotizado del tiempo de ejercicio
sacerdotal o de profesión religiosa. Abono del capital coste de la
parte proporcional de la pensión que se derive de tal cómputo.
Imposición de esta contraprestación por los Reales Decretos 487/1998
y 2665/1998 que desarrollaron reglamentariamente la disposición
adicional 10.ª de la Ley 13/1996. Inexistencia de extralimitación
respecto de la autorización legal. Contrapartida impuesta por el
carácter contributivo de la prestación.

Disposiciones Aplicadas
CONSTITUCION ESPAÑOLA,133
CONSTITUCION ESPAÑOLA,14
RD LEG 1/1994, 20 JUN. LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. TEXTO
REFUNDIDO,15
RD LEG 1/1994, 20 JUN. LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. TEXTO
REFUNDIDO,Sin mencionar artículo
LEY 13/1996, 30 DIC. MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DE ORDEN
SOCIAL,Disp. Adic. 10
RD 487/1998, 27 MAR. SEGURIDAD SOCIAL. SACERDOTES Y RELIGIOSOS DE LA
IGLESIA CATOLICA SECULARIZADOS. RECONOCIMIENTO DE COTIZACIONES,4
RD 2665/1998, 11 DIC. SEGURIDAD SOCIAL. COTIZACIONES. COMPLEMENTACION
DEL RD 487/1998, SOBRE RECONOCIMIENTO COMO COTIZADOS DE PERIODOS DE
ACTIVIDAD SACERDOTAL DE LA IGLESIA CATOLICA SECURALIZADA,4

Sentenza 28 novembre 2003, n.4581/2002

Impugnación sobre el acuerdo de reclamación del capital coste por el
incremento de la pensión de jubilación de sacerdote, por los años
de ejercicio de la actividad sacerdotal, durante los que no cotizó.
Incompetencia del orden social para el conocimiento de resoluciones
dictadas por la TGSS en materia de gestión recaudatoria. Inexistencia
de un acto de gestión recaudatoria en la resolución adoptada por el
INSS en la que se reclama el capital coste.

Richiesta di parere 03 ottobre 1997

Parere 3 ottobre 1997: “Compatibilidad del ejercicio gratuito del ministerio sacerdotal y la situación de jubilados de los sacerdotes mayores de 65 años”. CONSULTAS DE ACLARACIÓN DEL VICESECRETARIO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS DE LA CONFERENCIA AL SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (3 de octubre de 1997). Madrid, 3 de octubre de 1997 Excmo. Sr. […]

Richiesta di parere 11 novembre 1993, n.422

Parere 11 novembre 1993, n. 422: “Actividades ministeriales de los sacerdotes que son compatibles con la percepción de la pensión de jubilación”. CONSULTA DEL PRESIDENTE DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL AL DIRECTOR GENERAL DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Iltmo. Sr. Don José Antonio Panizo Director General del Régimen Jurídico de la Seguridad Social MADRID […]

Scambio di lettere 14 ottobre 1997

Resolución 14 octubre 1997: “Compatibilidad del ejercicio del ministerio sacerdotal con el acogimiento a los beneficios de la seguridad social en materia de pensiones para los sacerdotes mayores de 65 años”. En contestación a su carta del pasado día 3, me complace ofrecerle el criterio de esta Secretaría de Estado, en relación con las consultas […]

Resolución 16 novembre 1993

Resolución 16 novembre 1993: “Criterios en relación con las actividades ministeriales de los sacerdotes que son compatibles con la percepción de la pensión de jubilación”. Es de referencia su escrito de fecha 11 del presente mes, prot. n. 422/93, mediante el que solicita aclaración sobre el alcance de la Resolución de la entonces Dirección General […]