Osservatorio delle libertà ed istituzioni religiose

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Osservatorio delle Libertà ed Istituzioni Religiose

Sentenza 26 marzo 2004

RELIGIOSOS Y SACERDOTES SECULARIZADOS. PENSION DE JUBILACION. Período
de cotización. Cómputo como cotizado del tiempo de ejercicio
sacerdotal o de profesión religiosa. Abono del capital coste de la
parte proporcional de la pensión que se derive de tal cómputo.
Imposición de esta contraprestación por los Reales Decretos 487/1998
y 2665/1998 que desarrollaron reglamentariamente la disposición
adicional 10.ª de la Ley 13/1996. Inexistencia de extralimitación
respecto de la autorización legal. Contrapartida impuesta por el
carácter contributivo de la prestación.

Disposiciones Aplicadas
CONSTITUCION ESPAÑOLA,133
CONSTITUCION ESPAÑOLA,14
RD LEG 1/1994, 20 JUN. LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. TEXTO
REFUNDIDO,15
RD LEG 1/1994, 20 JUN. LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. TEXTO
REFUNDIDO,Sin mencionar artículo
LEY 13/1996, 30 DIC. MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DE ORDEN
SOCIAL,Disp. Adic. 10
RD 487/1998, 27 MAR. SEGURIDAD SOCIAL. SACERDOTES Y RELIGIOSOS DE LA
IGLESIA CATOLICA SECULARIZADOS. RECONOCIMIENTO DE COTIZACIONES,4
RD 2665/1998, 11 DIC. SEGURIDAD SOCIAL. COTIZACIONES. COMPLEMENTACION
DEL RD 487/1998, SOBRE RECONOCIMIENTO COMO COTIZADOS DE PERIODOS DE
ACTIVIDAD SACERDOTAL DE LA IGLESIA CATOLICA SECURALIZADA,4

Sentenza 28 novembre 2003, n.4581/2002

Impugnación sobre el acuerdo de reclamación del capital coste por el
incremento de la pensión de jubilación de sacerdote, por los años
de ejercicio de la actividad sacerdotal, durante los que no cotizó.
Incompetencia del orden social para el conocimiento de resoluciones
dictadas por la TGSS en materia de gestión recaudatoria. Inexistencia
de un acto de gestión recaudatoria en la resolución adoptada por el
INSS en la que se reclama el capital coste.