Codice penale 17 luglio 1973
Codice penale del Guatemala. Approvato con decreto 17 luglio 1973, n. 17.
CODIGO PENAL DE GUATEMALA
(Omissis)
TITULO IV
DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y LA SEGURIDAD DE LA PERSONA
CAPITULO VI
DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CULTOS Y EL SENTIMIENTO RELIGIOSO
TURBACIÓN DE ACTOS DE CULTO
ARTICULO 224.
Quien interrumpa la celebración de una ceremonia religiosa o ejecute actos en menosprecio o con ofensa del culto o de los objetos destinados al mismo, será sancionado con prisión de un mes a un año.
(Omissis)
Dossier:
Tutela penale
Nazione:
Guatemala
Parole chiave:
Religione, Culto, Fede, Sentimento religioso, Cerimonie religiose
Natura:
Codice penale