Osservatorio delle libertà ed istituzioni religiose

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Osservatorio delle Libertà ed Istituzioni Religiose

Legge organica 15 agosto 2009

Articlo 7. Educación laica
El Estado mantendrá en cùalquier circunstancia su caracter laico en
materia educativa, preservando su independencia respecto a todas las
corrientes y organismos religiosos. Las familias tienen el derecho y
la responsabilidad de la educación religiosa de sus hijos e hijas de
acuerdo a sus convicciones y de confomídad con la libertad religiosa
y de culto, prevista en la Constitución de la República.